Reglamento para reembolso de viáticos locomoción y alojamiento

Reembolso de locomoción:

Se realizará el reintegro del costo del transporte, por el valor equivalente al transporte público de las empresas de referencia de cada localidad, cuando deba desplazarse una distancia mayor a un radio de 40 km desde su domicilio hasta la institución sanitaria.

Para obtener el beneficio es necesario presentar:

1. Nota de solicitud
2. Constancia médica de institución FONASA de lugar de origen con indicación del estudio que motiva traslado.
3. Constancia de la institución sanitaria donde se asistió (indicando fecha de concurrencia y datos del paciente y/o familiar )
4. Constancia de domicilio.
5. Comprobante de pasajes

Reembolso de viáticos:

Sólo corresponderá el pago de viáticos:

    • cuando el beneficiario deba trasladarse a una institución sanitaria para realizarse un diagnóstico o tratamiento indicado por médico tratante, e implique un recorrido mayor a un radio de 300 km de su domicilio. Se abonará un viatico de 0.2 BPC por cada dia de estudio.
    • por cada noche de internación de familiar (hijos, padres o cónyuge) y sea el funcionario o jubilado su acompañante. Se abonará un viatico de 0.2 BPC por cada noche de internación.
    • Si es el beneficiario quien permanece internado corresponde el pago 0.1 BPC de viatico.

En todos los casos debe figurar indicada con detalle la situación en la constancia médica. Para obtener el beneficio es necesario presentar:

1. Nota de solicitud.
2. Constancia de la institución FONASA de lugar de origen con indicación del estudio que motiva el traslado.
3. Constancia de la institución sanitaria a la que concurre, con la fecha del estudio realizado o los días de internación.
4. Constancia de domicilio.
5. Acción de personal de OSE, que indique los días que no concurrió a trabajar. (Si corresponde).

Reembolso por alojamiento:

El beneficio consiste en reintegro por costos de alojamiento que no podrán superar las 0.35 BPC por noche alojado.

Para obtener el beneficio es necesario presentar:
1. Nota de solicitud
2. Constancia médica (con indicación de estudio y/o internación)
3. Constancia de la institución sanitaria (indicando fecha de concurrencia y datos del paciente y/o familiar).
4. Constancia de domicilio.
5. Comprobante (factura de crédito con recibo o Boleta contado) de estadía, con nombre del beneficiario y detalle de los días alojado.
6. Acción de personal de OSE, que indique los días que no concurrió a trabajar. (Si corresponde).

 

Viernes, 08 Junio 2012 12:53

Beneficios en salud general

A partir del 1 de octubre de 2022 rige una nueva reglamentación para el beneficio de reintegro para gastos asociados a la salud (técnicas diagnóstico, tratamientos y rehabilitación).

Se aplicará un tope de pago de 0,5 BPC por TICKET, y en el caso de que excedan dicho monto, lo restante se abonará según el porcentaje establecido de la escala salarial de acuerdo a los ingresos percibidos, teniendo un tope de reintegro máximo de 10 BPC.

Por este motivo solicitamos envíen junto con la documentación recibo de sueldo o jubilación.

Salarios Nominal Porcentaje de contribución
Hasta 10 BPC 85%
De 10 a 15 BPC 70%
De 15 a 20 BPC 50%
De 20 a 25 BPC 30%
De 25 a 35 BPC 15%
Más de 35 BPC 10%

 
Condiciones de acceso al servicio:

Gastos asociados a la salud (técnicas diagnósticas, tratamientos y rehabilitación):

  • 1. Comprobante de estudio médico/análisis efectuado
  • 2. Último recibo de sueldo o pasividad
  • 3. Nota de solicitud por parte del beneficiario/a Nota de solicitud por parte del beneficiario/a

Medicación por patologías crónicas

La cobertura es complementaria al beneficio de tiques por medicamentos recibido a través de las IAMC.

Se apoyará con valor de hasta 6 tickets comunes por medicamentos a todos los beneficiarios con patologías crónicas. Para los beneficiarios con indicación de más de 6 tickets, se aplicará el apoyo en dos franjas: la primera por el 100% del valor de los 6 tickets y la segunda (a partir de 7 tickets) se le brindará apoyo económico porcentual asociado a la escala salarial nominal del mes de solicitud del beneficio.

Medicación de crónico (primera vez o renovación):

  • 1. Receta de médico tratante con patología, tratamiento y posología
  • 2. Ultimo recibo de sueldo o pasividad


 

Chassfose
Comisión administradora del seguro de salud de los funcionarios y ex funcionarios jubilados de OSE Y CHASSFOSE.

Dirección: Guayabos 1684

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Telefax: 24096015 / 1952 Int. 4806

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