Viernes, 08 Junio 2012 12:53

Beneficios en salud general

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A partir del 1 de octubre de 2022 rige una nueva reglamentación para el beneficio de reintegro para gastos asociados a la salud (técnicas diagnóstico, tratamientos y rehabilitación).

Se aplicará un tope de pago de $3.100 por TICKET, y en el caso de que excedan dicho monto, lo restante se abonará según el porcentaje establecido de la escala salarial de acuerdo a los ingresos percibidos, teniendo un tope de reintegro máximo de $62.000.

Por este motivo solicitamos envíen junto con la documentación recibo de sueldo o jubilación.

Salarios Nominal Porcentaje de contribución
Hasta $ 62.000 85%
De $ 62.000 a $ 93.000 70%
De $ 93.000 a $124.000 50%
De $ 124.000 a $ 155.000 30%
De $ 155.000 a $ 217.000 15%
Más de $ 217.000 10%

 
Condiciones de acceso al servicio:

Gastos asociados a la salud (técnicas diagnósticas, tratamientos y rehabilitación):

  • 1. Comprobante de estudio médico/análisis efectuado
  • 2. Último recibo de sueldo o pasividad
  • 3. Nota de solicitud por parte del beneficiario/a Nota de solicitud por parte del beneficiario/a

Medicación por patologías crónicas

La cobertura es complementaria al beneficio de tiques por medicamentos recibido a través de las IAMC.

Se apoyará con valor de hasta 6 tickets comunes por medicamentos a todos los beneficiarios con patologías crónicas. Para los beneficiarios con indicación de más de 6 tickets, se aplicará el apoyo en dos franjas: la primera por el 100% del valor de los 6 tickets y la segunda (a partir de 7 tickets) se le brindará apoyo económico porcentual asociado a la escala salarial nominal del mes de solicitud del beneficio.

Medicación de crónico (primera vez o renovación):

Para recibir por primera vez o renovar el beneficio por medicamentos crónicos, se debe presentar:

  • Una nota o receta médica que indique claramente la patología, la medicación, y la dosis de los medicamentos crónicos que consume mensualmente.
  • Una nota del beneficiario solicitando la colaboración, especificando la cantidad total de cajas que requiere mensualmente de la medicación crónica.
  • El último recibo de ingresos (ya sea sueldo o BPS).

 

En caso de que la medicación no sea proporcionada por la mutualista y deba comprarse en una farmacia externa, será necesario presentar una constancia de negativa emitida por Atención al Socio de la mutualista. Esta constancia debe detallar claramente que el medicamento no es suministrado por dicha institución. En estos casos, la Comisión evaluará la pertinencia de cubrir total o parcialmente la medicación.

 

El beneficio deberá renovarse cada 6 meses.

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